17 Nov
17Nov

Si el Primado de Pedro debe ser perenne, si las palabras de Cristo deben tener cumplimiento, la sucesión del Primado no puede faltar permanentemente en la Iglesia. Simón, el hijo de Juan, murió, pero vive PEDRO, en sus sucesores, por voluntad expresa del Divino Fundador. 

Esta diferencia existe entre el régimen político de la sociedad meramente humana y el régimen de la Iglesia: porque, aunque sea de la esencia de la sociedad humana el tener algún régimen, alguna autoridad, la forma de gobierno puede variar y, de hecho, varía, sin que estos cambios en las formas de gobierno impidan necesariamente la conservación y florecimiento de las sociedades. No así en la Iglesia. La misma voluntad del Divino Fundador, que quiso establecer un régimen en su Iglesia, determinó también de una manera inmutable la forma específica de ese régimen, en el Primado de Pedro. En la Iglesia, el régimen y la forma del régimen son de derecho divino: no está, pues, al arbitrio de los hombres, de ningún Papa, de ningún Concilio, ni de la Iglesia misma, el cambiar la forma de su gobierno. 

Pero, hay que distinguir entre la institución divina, que establece el Primado de Pedro, como la forma específica y perenne del régimen de la Iglesia y la condición de esta sucesión, por la cual éste y no aquél, entre los pastores de la Iglesia, debe ser considerado como el legítimo sucesor de PEDRO y heredero, por consiguiente, de su cargo, con todas sus prerrogativas y poderes. La historia, desde luego, nos demuestra, con una evidencia incontrovertible, que los únicos obispos que han sido siempre considerados como legítimos sucesores de San Pedro, han sido los Obispos de Roma. Este es el “hecho”. Luego, presupuesta la ley de la perenne sucesión, es decir, la voluntad de Cristo de la perpetuidad del Primado, los Obispos de Roma son los verdaderos y únicos sucesores de las prerrogativas del Primado de Pedro, presupuesto, claro está, que ellos sean, legítimos y no espurios Obispos de Roma. Y la razón es clara: o admitimos que los Romanos Pontífices, que siempre han estado en la pacífica sucesión del Primado, son los únicos sucesores de PEDRO, o tenemos que confesar que la ley de la sucesión, establecida por Jesucristo, no se cumplió, ya que los Romanos Pontífices, como consta por la historia, son los únicos que han vindicado para sí la sucesión de Pedro y sus prerrogativas, y son también los únicos que han sido, como tales, reconocidos. 

Es evidente que las cosas hubieran podido suceder de otra manera; pero, aquí no hablamos de lo que “hubiera podido suceder”, sino de lo que de hecho sucedió. El hecho histórico es éste: San Pedro fundó y conservó hasta la muerte el Episcopado de Roma y sólo los Obispos de Roma han sido considerados como los sucesores de San Pedro. 

Este es el “hecho histórico”. Quédanos por demostrar el “derecho” divino inherente a la Cátedra de Roma, para heredar exclusivamente las prerrogativas y poderes de Cristo, conferidos a Pedro, como cabeza visible y fundamento de su Iglesia, en el Primado de Jurisdicción y en la Supremacía del Magisterio. Tenemos, para probar este “derecho” el testimonio irrecusable de los Concilios. El Concilio Florentino, define como de fe, estas dos cosas: 1) que el Obispo de Roma tiene el Primado en todo el orbe universo; 2) que el Romano Pontífice es el legítimo sucesor de Pedro. “Deffinimus sanctam apostolicam sedem et Romanum Pontificem in universum orbem tenere primatum, et ipsum Pontificem Romanum succesoreem esse Beati Petri, principis Apostolorum”, definimos que la santa apostólica sede y el Romano Pontífice tienen el Primado en todo el orbe universo, y que el mismo Romano Pontífice es el sucesor del Bienaventurado Pedro, príncipe de los Apóstoles. – El Concilio Vaticano, a su vez define: “Si alguno, pues, dijere que no es de institución del mismo Cristo N. S., es decir, de derecho divino, que San Pedro tenga perpetuos sucesores en el Primado sobre la Iglesia Universal, o que el Romano Pontífice no es en ese Primado el sucesor de Pedro, sea anatema”. Según estas palabras del Concilio debemos creer, con fe divina y católica, no sólo el hecho del Primado de la Sede de Roma, sino también, el derecho que a ese Primado tiene la Sede Romana, como la legítima sucesora de San Pedro. 

¿A qué se debe esa inmutabilidad, esa permanencia inalterable no sólo de hecho, sino de derecho a la sucesión de San Pedro de los Romanos Pontífices? Para contestar a esa pregunta tenemos que acudir de nuevo a la Tradición, como fuente auténtica de la Divina Revelación, no como fuente meramente histórica, porque los testimonios de los Padres sobre el derecho al Primado de los Romanos Pontífices son acerca de una cosa revelada por Dios a los Apóstoles. Y, a la verdad, leyendo la Tradición, encontramos que los Padres insisten en estas características exclusivas de la Sede Romana: a) A esta Sede es necesario que convenga toda la Iglesia Universal. b) La comunión con la Iglesia de Roma es como el distintivo de la verdadera religión y la nota con la cual se unen de una manera infalible todas las otras notas de la Iglesia verdadera. c) La Sede Romana es considerada como Madre y Maestra de todas las Iglesias. d) De ella dimanan los derechos. e) Ella no será vencida jamás por las Puertas del Infierno. f) Sede que Dios dio a Pedro para que se guarde por ella en la Iglesia la unidad. Ninguna restricción insinúan los testimonios de los Padres; ninguna posibilidad de cambio o de mudanza. Sus testimonios son absolutos, definitivos: como que hablan de una verdad de nuestra fe, conservada en el DEPOSITO DE LA DIVINA REVELACION y perpetuada, desde los tiempos apostólicos, por una tradición dirigida y garantizada por la asistencia del Espíritu Santo. El “derecho”, pues, de los Romanos Pontífices al Primado de Pedro es de derecho divino y esta verdad nos consta por la autoridad del Magisterio de la Iglesia y por una divina Tradición. 

Sin embargo, aunque los Romanos Pontífices sean los sucesos de Pedro, la condición de Pedro es, en cierto modo, distinta de la de sus sucesores, en su origen. Pedro, sin que mediase ninguna elección humana, fue, directa y personalmente, elegido por Cristo para el Primado de Jurisdicción y la Supremacía del Magisterio en su Iglesia; mientras que sus sucesores no obtienen, por derecho divino, directo e inmediato, la investidura pontificia, sin que intervenga la intervención humana de la elección de la persona, que ha de ocupar el Obispado de Roma. La unión del supremo poder de la Iglesia en la persona de Pedro fue hecha exclusivamente por el mismo Jesucristo; pero, en el caso de sus sucesores, esto no es así: la unión del poder con las personas individuales, que han ocupado el Papado, después de Pedro, no se debe precisamente a una designación directa y exclusiva de Cristo, sino a la humana elección, que, al hacerlos obispos de Roma; los hace sucesores de San Pedro. Indudablemente que, en toda legítima elección, interviene el Espíritu Santo, sin que esta asistencia divina venga a predeterminar, por decirlo así, la voluntad de los electores, para elegir a tal o cual persona. Por eso, como lo comprueba la historia de la Iglesia, en los cónclaves han ocurrido penosos conflictos, que han llegado a poner en duda la misma validez de la elección. 

Dios, en su providencia inefable, permite el libre juego de las causas segundas, en elecciones no siempre acertadas ni conformes a su divina voluntad. Sin embargo, a no ser que haya algún impedimento in radice, la elección canónica, si fue legítima, hace, de iure ecclesiastico, al elegido, ipso facto, después de su aceptación, en virtud de la institución evangélica, la piedra, el fundamento de la Iglesia, el que tiene en sus manos las llaves del Reino de los Cielos, el pastor supremo de los corderos y de las ovejas. Esta elección se hace por los hombres y está regulada por el derecho de la Iglesia. 

Por tanto, el sujeto, que, en el mar de Tiberiades recibió por derecho divino el Primado de Jurisdicción y de Magisterio fue únicamente la persona de Pedro, de Simón, hijo de Juan; pero la persona que en el cónclave recibe ese primado, mediatamente por derecho divino, inmediatamente por derecho eclesiástico, no es esta o aquella persona en cuanto tal, sino en cuanto la elección canónica de los electores y la aceptación voluntaria del elegido, hace que la institución divina se prolongue en él. En otras palabras: Pedro fue Papa por elección divina, directa y exclusiva de Jesucristo; mientras que sus sucesores son Papas, porque la elección legítima de sus electores, al designarlos Obispo de Roma, hace que, como sucesores legítimos de Pedro, reciban las prerrogativas de Pedro. 

Luego, si la elección canónica es el título para ser sucesor de Pedro en el Primado de Jurisdicción y de Magisterio de toda la Iglesia, debemos concluir que las condiciones de esta elección legítima dependen tan sólo del derecho pontificio, al menos ordinariamente. Ademas, que la persona legítimamente elegida y ya investida con el Pontificado, puede dejar de ser Papa por una abdicación voluntaria, o por deposición, si, según lo que hemos antes visto, el Papa, por notoria herejía, deja de ser Papa. 

Según el sentir común de los teólogos, debemos admitir que la pacífica aceptación de la Iglesia Universal en la elección de un Papa ha sido considerada siempre como un signo, por lo menos, cierto e indisputable, de la legitimidad de su elección. Sin embargo, en el terreno meramente hipotético, no podemos negar que una elección, en apariencia válida y legítima, sea, en realidad, inválida e ilegítima, o porque el sujeto elegido no era capaz de ser elegido, o porque la elección, dentro del conclave, fue irregular, al no ajustarse los electores a las normas del derecho pontificio todavía vigentes. En otras palabras, en caso de una crisis como la presente, es necesario estudiar primero la legitimidad del papa, que ocupa la Silla de San Pedro.  


JUAN B. MONTINI NO ES UN VERDADERO Y LEGITIMO PAPA

Tenemos que llegar a sacar las conclusiones de todo lo que hasta aquí hemos escrito, aunque levanten al cielo sus brazos, en ademán de protesta y amenaza los múltiples “papólatras”, como hay, en todas partes, es, y que, por salvar a Paulo VI y su espurio reinado, están dispuestos à sacrificar la Iglesia y su misma eterna salvación. Ante la presente “autodemolición” de la Iglesia, que estamos presenciando, tenemos que llegar, con la inmensa amargura, a esta ya tangible conclusión: Juan B. Montini no es un Papa legítimo

Por principio de cuentas, empecemos por distinguir bien el sentido de las palabras, estableciendo un status quaestionis, para evitar equívocos o malas interpretaciones. Yo soy “papista”, profunda, filial y entusiástamente “papista”, pero no soy, ni nunca he sido, en manera alguna “papólatra” Ser “papista” es ser católico; ser “papólatra” es ser un fanáticó o un sectario. En tiempos de la Reforma protestante, los innovadores llamaban “papistas” a los que seguían fieles a la Cátedra y al Primado de Pedro, al Papado; es decir, a los que se mantenían en la unidad católica. El ser “papistas” significaba muchas veces la prisión, los suplicios, la misma muerte. Yo espero que, con la gracia de Dios, estaria dispuesto, si llegase esa hora, a padecer y morir por la fe de mis padres. En nuestros tiempos, la “papolatría”, adoración supersticiosa del Papa, con que los calvinistas y luteranos trataban de infamar a los católicos, no tiene ese significado: no es el repudio de la institución de Cristo, del legítimo sucesor de Pedro, sino la falsa presunción que, al hacer al hombre que ocupa la Silla de San Pedro personalmente infalible e impecable, en todo lo que hace y en todo lo que dice, parece dar, en vida; al Papa un culto qué no le corresponde, sobre todo cuando hay razones graves para dudar de la legitimidad del actual pontífice, de su misma ortodoxia. 

Ya me imagino la gritería, que la sola definición de “papólatra” que hemos dado ya a levantar entre los “miniteóloggs” y minipontífices, los Genaritos, los Abascal, los Salmeron, los Brambila... de que está y plagada la Iglesia en México. Me van a recordar las “condenaciones galicanas” sin entender siquiera lo que estas condenaciones condenaban. Yo no estoy hablando de los que legítimamente ocupan la Silla de Pedro, sino de los que ilegítimamente están ahí sentados, bien sea porque su elección fue nula, bien, porque, legítimamente electos, han perdido por su herejía, cisma o apostasía, la legitimidad de sus prerrogativas y poderes. ¿Dígame, Abascal, dígame su monaguillo Salmerón, rechazarían Ustedes el epíteto de “papolatras” a los que, por engaño, por terquedad o por malicia, se empeñasen en defender y en dar culto a un antipapa o un papa sorprendido en la herejía? No se adelanten: no griten. Ya sé que Udes niegan y reniegan que el papa Montini sea un antipapa o sea un papa hereje. Pero, prescindiendo del caso presente, ¿qué responden a mi pregunta? Evidentemente, los que se adhieren a un antipapa o a un papa hereje, son – es lo menos que se les puede decir – unos “papólatras”. 

Ahora bien, si un papa fue canónicamente elegido, sin ser “subiectum capax ad electionem”, un sujeto que legítimamente pudiese ser elegido, por no haber sido nunca bautizado, por ser hereje, por haber sido educado en otra religión, distinta de la católica, aunque conservando las apariencias externas de ser verdadero católico, o, si, por su, culpa, por sus lecturas, por sus compromisos, por su carencia, de sólida doctrina o por sus debilidades humanas, perdió la fe, sin perder por eso sus prebendas, su mismo episcopado, su cardenalato – a lo menos a los ojos de los hombres –; si, en esas circunstancias, fuese canónicamente elegido papa – el caso no es imposible – ¿no serían “papólatras” los que, comprobado el fraude, siguen in- conmoviblemente adheridos al falso papa, al “papa de iure, pero non de facto”? ¿Los que cierran los ojos para no ver la verdad?

Según las citas hechas antes de los grandes teólogos, de los Santos Padres y del Corpus Iuris Canonici y de los mismos legítimos Papas todas estas hipótesis no son imposibles, ni contradicen en lo más mínimo la doctrina católica. De lo contrario, tendríamos que admitir, como dogma de fe, que todo aquél que se dice un verdadero Papa, lo es en realidad, aunque, la evidencia nos esté demostrando lo contrario. Sí, señores, puede ser elegido como Papa un sujeto incapaz de ser Papa, así como puede dejar de ser Papa un pontífice, que, por su culpa, perdió la fe católica, aunque esté consagrado, aunque haya sido coronado, aunque, con obstinación, por culpa o cobardía de los demás jerarcas, siga obstinado en un puesto, en el que no cree y del que se está valiendo para destruir la Iglesia, con la única autodemolición que es posible de la obra de Cristo, la que hace un falso papa. Estos son los “papólatras” que anteponen a la fe, a la misma Iglesia y al mismo Cristo, a su falso pontífice, que, con aplauso de los mismos católicos – malos, ignorantes, cobardes o convenencieros católicos – está autodemoliendo la obra de Cristo, para poder implantar una nueva religión. “No faltaba más – diremos otra vez con Bellarmino – que la Iglesia no tuviera poder para arrojar al lobo feroz y carnicero, que está devorando el rebano”! 

Estas enérgicas palabras de San Roberto Bellarmino no fueron escritas como un arrebato lírico, como una posibilidad imposible, sino como algo, que, dada la humana fragilidad, puede, por desgracia, suceder. Así como también las palabras de Cristo “Guardaos de los falsos profetas, que vendrán a vosotros revestidos de piel de oveja, pero por dentro son lobos rapaces. Por sus frutos los conoceréis” no son tampoco palabras vacías, que nunca habrían de tener cumplimiento en la Iglesia. 

La actual situación de la Iglesia, en puntos vitales e intocables, que, a ciencia y paciencia del Papa Montini, pese a sus discursos semanales y a sus encíclicas turbias, que evidentemente han desconcertado a los que no se han tomado la molestia de estudiarlas, ni escudriñar en ellas los resquicios, que siempre quedan abiertos, con habilidad, a la herejía, ha demolido no una verdad de nuestra fe, sino la fe total, estableciendo el “relativismo” teológico y filosófico, que hace que la verdad sea inestable, esté en constante evolución, según las circunstancias de tiempos, de lugares y de personas. Esto es el modernismo, esta es la nueva religión montiniana, la nueva economía de Paulo VI. Bastarían tan sólo algunos hechos, para demostrar lo dicho a todos los que, teniendo ojos, quieren ver y teniendo oídos quieran oír. Pero, antes me voy a permitir copiar aquí unos pasajes de una reciente conferencia dada en la Mutualité de París, ante un auditorio de unas 4.000 personas, por el extraordinario Abbé Georges de Nantes. Existen entre nosotros no pequeñas discrepancias en algunos puntos importantes de nuestra resistencia; pero no por eso dejamos de admirarle, estimarle y reconocer su extraordinaria lucha.  

EL ABBE DE NANTES DENUNCIA A JUAN B. MONTINI  



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